¿Puedo vender un piso de protección oficial? ¿Se puede alquilar una VPO a cualquier precio?
Comprobar si un piso es de protección oficial
Lo primero que debe usted realizar si quiere vender un piso de protección oficial es, justamente, comprobar el nivel de protección del inmueble. Las condiciones de la venta dependerán de ese nivel y de la normativa según la cual se calificó como “oficial” la vivienda. Esta información la puede encontrar en la Escritura Pública de adquisición del inmueble o en la Nota Simple del Registro de la Propiedad, donde se indicará el número de expediente de la VPO.Es importante saber que, aunque estemos ante una vivienda VPO, esta calificación caduca con el tiempo. Una vez se haya agotado el período de protección, el propietario podrá vender el piso protegido con total libertad. El período de vigencia varía según la normativa de calificación anteriormente mencionada.Solicitar Nota Simple para comprobar si la vivienda es VPO
Si usted accedió a una vivienda protegida y la calificación sigue vigente, debe mantener una serie de requisitos que, de incumplirse, puede desembocar incluso en la expropiación. Debe mantener la vivienda como residencia habitual, no se puede alquilar o vender sin autorización administrativa previa y hay que tener en consideración los usos no permitidos. Por eso, tan importante es saber que se puede vender un piso de protección como conocer los trámites a seguir.Pasos para vender un piso de protección oficial
Una vez comprobada la calificación del inmueble, si esta sigue vigente y usted es el vendedor, deberá seguir una serie de pasos para vender el piso protegido:- Comunicar a la administración competente las condiciones de la transmisión, aportando información del precio de compra y los datos del comprador. Sepa que este debe cumplir los requisitos impuestos legalmente para el acceso a una VPO; de lo contrario, le denegarán la autorización de venta.
- En el plazo correspondiente le comunicarán si se autoriza la venta del piso de protección oficial, si la deniegan por incumplir los requisitos el comprador o, incluso, si la administración ejerce su derecho de tanteo para ocupar la posición de compradora de la vivienda. En este último caso, usted estará obligado a realizar la venta, aunque no al comprador que tenía pensado al principio.
- Para formalizar la compraventa, se tendrá que acudir a una Notaría para firmar la correspondiente Escritura Pública, que deberá llevarse posteriormente al Registro de la Propiedad.