Desde esta página podrá realizar todos los trámites relacionados con el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04, MADRID, sin necesidad de desplazarse, cómodamente, desde su casa u oficina. Todos los informes los recibirá en su correo electrónico y podrá realizar las copias necesarias para su uso en las gestiones necesarias.

Trámites con el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 en la provincia de MADRID

Estos son los trámites más habituales que puede realizar online con el Registro de Alcalá de Henares Nº 04

Pedir Nota Simple del Registro

    • Identificación de la finca, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma y su extensión, naturaleza y limitaciones. Máx.8 horas laborales.

Servicio de Índices del Registro de la Propiedad. Informe OFICIAL

    • Informe oficial para tramitar con la Administración ayudas oficiales, para alquiler, compra de vivienda, moratorias hipotecarias, otras ayudas…. Máx. 8 horas laborales.En todo el territorio nacional.

Todas las propiedades de una persona o empresa

    • Solicitud de todas las Notas Simples de una titular determinado, persona física o empresa. Máx. 8 horas laborales. En todo el territorio nacional.

Cita previa

En este momento el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no admite la solicitud de Cita Previa online, puede ponerse en contacto con el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 utilizando los datos de contacto que se muestran a continuación

Localización y horario del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

Dirección:

Infancia, 1 – Edif. O’Donnell

28807 – Alcalá de Henares (MADRID)

Teléfono:

918897714

Email:

alcaladehenares4@registrodelapropiedad.org

Horario:

  • De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
  • Agosto: De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas
  • Los días 24 y 31 de diciembre de 09:00 a 14:00 horas

Distrito hipotecario del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

El distrito hipotecario es el área geográfica competencia de un determinado registro de la propiedad para la gestión y registro de los actos y contratos que se realizan sobre los bienes inmuebles.

El algunas ocasiones la misma localidad está dividida en diferentes distritos hipotecarios, como suele pasar en grandes poblaciones y capitales, pero también es habitual que el distrito esté formado por varios municipios más o menos próximos. Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.

  • Ambite
  • Anchuelo
  • Corpa
  • Nuevo Baztan
  • Olmeda De Las Fuentes
  • Orusco De Tajuña
  • Pezuela De Las Torres
  • Santorcaz
  • Santos De La Humosa (los)
  • Valdilecha
  • Villar Del Olmo

¿Qué es el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Es un organismo público que tiene por función la inscripción o anotación de los contratos y cambios relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles correspondientes a su demarcación. El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es dependiente directamente del Ministerio de Justicia. Por lo tanto es una institución del Estado que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario. En definitiva, el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es el organismo al que deben acudir las personas para conocer la titularidad y derechos de un inmueble por lo que, en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares se podrá obtener información sobre quién es el propietario en aquel momento de un determinado inmueble así como todos aquellos derechos reales (usufructo, servidumbre, hipotecas, etc.) que afecten al mismo. En España no es obligatorio inscribir las propiedades para que sean legalmente de su titular (salvo en el caso de las hipotecas que se deben registrar obligatoriamente); no es necesario, por ejemplo, que un local o vivienda aparezca en el Registro para formalizar un contrato de compra venta. Gracias a la inscripción de un inmueble en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 somos reconocidos oficialmente como propietarios. Podemos disponer de nuestro derecho, vendiendo o hipotecando, y cualquiera que tenga interés en comprar una casa o constituir sobre ella un derecho, podrá tener a su disposición toda la información necesaria para poder decidir en igualdad de condiciones y sin sobresaltos. Además, inscribiendo tenemos la seguridad de que nadie podrá privarnos de nuestro derecho o disponer de él de forma fraudulenta. Por todo lo anterior podemos afirmar que el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 facilita información y publicidad sobre todo los actos que han sido inscritos sobre un determinado inmueble, pero en ningún caso es el organismo público encargado de otorgar o conceder la titularidad y demás derechos sobre un determinado inmueble. El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 da publicidad de los actos inscritos en él a través de la Nota Simple y la Certificación Registral.

Funcionamiento del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares tiene como finalidad principal la inscripción o anotación de todos aquellos actos y/o contratos que afecten al dominio o cualquier derecho real sobre bienes inmuebles. La inscripción en este Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 de todos los actos que afectan a la propiedad o a los derechos reales que recaen sobre los bienes inmuebles, proporciona total seguridad y prioridad jurídica a los derechos inscritos en él, con lo que a su vez garantiza total seguridad en las transacciones de los bienes inmuebles, que es el principal objetivo o finalidad del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, y la razón de su existencia. El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es público, pero es necesario alegar un interés legítimo en conocer el estado registral de una finca, interés que será valorado por el registrador de este registro.

Principio de funcionamiento del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

El funcionamiento de este registro está regido por los siguientes principios:
  • Principio de voluntariedad: la inscripción de los inmuebles o fincas y de los hechos que recaen sobre dichos bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es voluntario, salvo en el caso de la hipoteca, que ha de inscribirse obligatoriamente. Aunque las inscripciones de los hechos son voluntarias, de no realizarse no tendrán efectos legales frente a terceros.
  • Principio de rogación: significa que quien quiera inscribir un derecho sobre un bien inmueble debe de solicitarlo en el Registro de la Propiedad correspondiente de acuerdo a la demarcación territorial del mismo y no se puede inscribir ningún otro Registro de la Propiedad de España.
  • Principio de prioridad: este principio supone que en caso de que se quiera inscribir dos derechos sobre el mismo inmueble, se inscribirá el que llegue antes al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 y si ya hay dos derechos inscritos sobre la misma finca tendrá prioridad el más antiguo.
  • Principio de legalidad: los Registradores calificarán y supervisarán bajo su responsabilidad la legalidad de los documentos de los que se solicite la inscripción. A su vez el Registrador también calificará y comprobará la capacidad de los participantes y la validez de los actos contenidos en las escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y de los asientos realizados en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.
  • Principio de tracto sucesivo: esto significa que para inscribir o anotar títulos sobre un bien inmueble en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 deberá constar previamente inscrito o anotado el derecho de la persona que otorgue dicho título, es decir, dicha persona debe ser titular inscrito de dicho inmueble con anterioridad para poder inscribir posteriores derechos sobre ese inmueble. En caso de que el bien inmueble al que se refiera el título cuya inscripción o anotación de transmisión o venta se pretende realizar no se encuentre inscrito a favor de ninguna persona, el inmueble ha de inmatricularse o inscribirse por primera vez, a través del expediente de inmatriculación. En caso de que se haya interrumpido el tracto sucesivo en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares tendrá de reanudarse dicha cadena mediante uno de los siguientes procedimientos:
    • Acta de notoriedad: procedimiento que se lleva a cabo con la intervención de un Notario, a solicitud del interesado, por el que se hace constar la notoriedad del hecho de que una persona es propietaria de un inmueble. Se tendrán en cuenta las declaraciones de testigos y otras pruebas.
    • Expediente de dominio: procedimiento que lleva a cabo el Juez de Primera Instancia del lugar en que radique la finca, a solicitud del interesado, en el que el solicitante presentará los documentos acreditativos de su derecho y en el que el Juez citará a las personas que pudieran tener algún derecho sobre el inmueble, decidiendo finalmente sobre el derecho del solicitante.
  • Principio de especialidad: Para que los derechos sean inscritos en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es completamente necesario que estos reúnan los requisitos de forma y contenido según lo establecido en las leyes en vigor.

Organización del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04, como todos los registros de la Propiedad de España, es dependiente del Ministerio de Justicia. Todos aquellos asuntos que afecten al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 o cualquier Registro son encomendados a la Dirección General que, hasta el año 2020 recibía el nombre de Dirección General de los Registros y del Notariado, y hoy se llama Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

¿Cómo se organiza el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Todo el Territorio de España se encuentra dividido en circunscripciones. Dichas circunscripciones reciben el nombre de distritos hipotecarios y son la zona geográfica competente de un registro determinado. Esta circunscripción no tiene porque coincidir con un municipio, barrio o provincia, y su extensión depende del número de fincas o inmuebles inscritos en él, y del volumen de trabajo y negocio. A cada distrito hipotecario le corresponde un Registro de la Propiedad que se encuentra a cargo de un registrador. Los registradores son funcionarios públicos, y todos los registradores del territorio español forman parte del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 se lleva por fincas registrales, que quiere decir que para cada una de las fincas se abre un folio registral en el que se hace constar su historial jurídico. En el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 se encuentran las inscripciones y/o anotaciones correspondientes a los bienes inmuebles que radican en su circunscripción territorial. Si una finca registral se encuentra en terrenos perteneciente a dos o más Registros, Ayuntamientos o Secciones, se describirá la totalidad en todos ellos, indicando la cabida correspondiente a cada Sección o Ayuntamiento.

Trámites con el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

Ahora puede realizar sus trámites ante el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 y podrá obtener cómodamente la información en su correo electrónico, sin necesidad de desplazarse. Los trámites online que puede realizar ante el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 son los siguientes:
  • Pedir Nota Simple al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares: es el documento que informa sobre el contenido registral de una finca, como por ejemplo conocer quién es el propietario, los derechos que afectan a la finca, la extensión y las limitación de la misma.
  • Pedir todas la Notas Simples de una persona: Con este servicio podrá solicitar todas las Notas Simples de una titular registral, no solo en el Registro de la Propiedad de {localidad}, sino en todo el territorio nacional. Puede solicitar la información de una persona o empresa.
  • Localización de Propiedades: es el documento que facilita información que permite conocer en qué Registro de la Propiedad constan inscritas fincas o derechos sobre inmuebles de una determinada persona.
  • Certificado Registral del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04: o Certificación Registral, es un documento que cuenta con valor probatorio, esto quiere decir que tiene validez en un juicio frente a terceros, y permite acreditar de manera fehaciente cuál es el contenido de un asiento registral o la situación en vigor de una finca el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.

¿Qué es la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La Nota Simple es el documento que contiene la información inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 sobre un determinado bien inmueble. La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un extracto del contenido de los asientos y anotaciones relativos a la finca, donde se indica la identificación de la misma, el titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma, y la extensión, naturaleza y limitaciones de éstos. La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un documento público y oficial que emite, en este caso, el Registro de Alcalá de Henares Nº 04. Mediante la Nota Simple el interesado puede conocer toda la información que consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 sobre una determinada finca registral (casa, finca, parking, terreno u otra propiedad inmobiliaria) del municipio. La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un documento en el que se recogen diferentes aspectos de la situación jurídica de un bien inmueble determinado.

¿Para qué sirve pedir una Nota Simple al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La Nota Simple es el documento registral que primero nos va a solicitar una entidad bancaria si vamos a solicitar una hipoteca o préstamo de alto importe. Es el requisito más frecuente en estos casos. La Nota Simple tiene un valor meramente informativo y no probatorio, pero al mismo tiempo puede servir para conocer detalles relevantes sobre un bien inmueble si estamos interesados en el mismo, como quién es su verdadero propietario o si cuenta con cargas de las que no se tenía constancia. Además, a la hora de tasar una vivienda para pedir una hipoteca, el tasador pedirá la nota simple reciente y con fecha de emisión de menos de a un mes. Pedir una Nota Simple al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 ofrece información acerca de toda la realidad que abarca a un bien inmueble de Alcalá de Henares:
  • Descripción detallada de la finca
  • Nombre y apellidos de los propietarios actuales
  • Número de cargas que existen sobre el bien en caso de haberlas
  • Avisos varios de especial relevancia
La Nota Simple es muy práctica y tiene múltiples usos pero los principales son:
  • Compra o venta de inmuebles: Si quiero comprar una propiedad en Alcalá de Henares, me gustaría verificar si la propiedad tiene cargos, gravámenes, servidumbres o gravámenes en su contra.
  • Ayudas y subvenciones oficiales: La administración local, regional o autonómica le solicitará una Nota Simple si desea tramitar ayudas para el alquiler o la compra de una vivienda.
  • Préstamos: Tal vez un propietario necesita fondos y solicita un préstamo contra la propiedad. El prestamista verificará qué porcentaje de la propiedad posee o si es de dominio libre y si hay otras deudas o cargos en su contra.
En concreto, los aspectos que recoge la nota simple del registro de la propiedad tienen que ver con:
  • La titularidad: El nombre del titular o titulares y la forma de la titularidad, si es plena propiedad, usufructo, proindiviso,… Podrá conocer el propietario del inmueble, o la finca registral, además del porcentaje de participación de la finca en las zonas comunes que le afectan.
  • Cargas: Información de las posibles cargas y su naturaleza, si la vivienda está hipotecada, tiene algún tipo de embargo o tiene algún otro tipo de limitación. SI hay una transmisión de la propiedad las cargas que tenga el bien inmueble pasan a ser responsabilidad del nuevo propietario.
  • Descripción: Otras información sobre las características de la finca, ubicación, la superficie útil y construida, la parcela, la división horizontal o el número de referencia catastral si está coordinada con el catastro. Además, indicará si dispone de algún tipo de régimen especial, como protección oficial pública.
Con la Nota Simple es posible conocer la situación en que se encuentra actualmente cualquier inmueble o finca registral de Alcalá de Henares. Por lo tanto, la información que va a obtener con la emisión de una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 consistirá en información sobre quién es el titular o titulares, las cargas que afectan a la finca o inmueble y la descripción de la finca (localización, superficie, límites, etc.).

¿Qué son las cargas registrales de la finca en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La Nota Simple indica si existen o no cargas registradas sobre la finca que hemos consultado, limitaciones al uso o la propiedad de la finca: hipotecas, servidumbres, alquileres, etc. Si hay cargas en la nota, aparecerán en orden según su fecha de inscripción, así que a la hora de afectar a la finca, las primeras prevalecen sobre las siguientes. En ocasiones hay cargas que ya no están vigentes pero si no se ha hecho ningún acto de cancelación ni se ha aportado la documentación necesaria seguirán apareciendo inscritas en vigor en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04. Estos son algunos de los tipos de cargas más frecuentes que puedes aparecer en la Nota Simple:
  • Afecciones legales: A veces, las fincas pueden quedar afectadas fiscalmente por una posible comprobación fiscal por las transmisiones, hipotecas, etc. que hayamos firmado sobre ella. Esto quiere decir que si el propietario que figure antes de nosotros no ha pagado alguno de estos impuestos, la finca responderá de ellos durante 4 años o el tiempo que se indique.
  • Afecciones urbanísticas: Este hace referencia a las obligaciones de contribuir en gastos en una junta de compensación por la urbanización de una determinada zona.
  • Embargos y Demandas: Todos aquellos que afecten a la finca figurarán en la Nota Simple.
  • Suspensión de la fe pública registral: En algunas fincas, durante un periodo determinado de tiempo, puede ser que aparezcan otras personas que no puedan reclamar su derecho sobre la finca invocando un mejor derecho.
Y estas son algunas de las cargas registrales más frecuentes en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04:
  • Hipoteca: La más frecuente. Se constituye a favor de una entidad bancaria y actúa como garantía para la devolución de un préstamo.
  • Reserva de dominio: Es la anotación por la cual el vendedor del inmueble se reserva la posibilidad de recuperar la propiedad de la finca en caso de incumplimiento del pago de los plazos o condiciones pactados previamente.
  • Servidumbre: Es un derecho real sobre la finca registral o inmueble que le confieren al titular de la servidumbre derechos sobre ella. Las servidumbres más habituales son las de paso, de aguas, de luces y vistas y de medianería.
  • Nota marginal: El Registrador del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 realiza anotaciones para hacer constar en el folio circunstancias que afectan a la finca registral, por ejemplo, la obligación del pago de impuestos o tasas y las operaciones que se llevan a cabo sobre ella.
  • Anotación preventiva de embargo: En el caso que el deudor hipotecario proceda al impago de las cuotas establecidas en tiempo y forma, el acreedor puede iniciar un procedimiento de impago, lo que implica que la finca registral puede ser gravada mediante esta anotación preventiva de embargo como garantía de pago.

¿Qué descripción hace la Nota Simple del inmueble de Alcalá de Henares?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 comienza por la identificación del tipo de bien inmueble: urbano, rústico, tierra de cultivo, casa, elemento de una construcción mayor, etc… A continuación la describe físicamente, debiendo indicar los metros cuadrados y los linderos al norte, sur, este y oeste, ubicándola en una dirección y localidad concreta. Hay que tener en cuenta que estos linderos, así como la dirección o la localidad han podido variar a lo largo del tiempo desde su inscripción primera. En muchos casos se hace constar también el uso del bien inmueble y su clasificación urbanística. Además, para las fincas que participan de una comunidad de vecinos, también se hace constar el coeficiente o cuota de participación, dato útil para determinar cuotas y participación en los gastos de dicha comunidad.

¿Qué es la finca registral que aparece en la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La Nota Simple siempre indica el número de finca registral. Este es el número único con el que se identifica un bien inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04. Por definición, es todo bien que puede inscribirse en el Registro de la Propiedad y por lo tanto puede abrir folio, hoja o registro particular en un libro de inscripciones. Además de por el número de finca registral, un bien inmueble también puede ser identificado por el CRU, antes conocido como IDUFIR, este identificador es único y exclusivo para cada finca y también aparece incluido en la nota simple registral.

¿Qué es la titularidad de la finca que aparece en la Nota Simple de Alcalá de Henares?

En la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 se identifica al titular o titulares de algún derecho sobre la finca en el momento de emitirla. La Nota Simple aclara a quién corresponde esta finca de Alcalá de Henares, quién es su propietario o propietarios actuales, salvo en anotaciones muy antiguas, se indicará el número de identificación fiscal y la razón de su derecho: adquirido como privativo,… Nos dirá cómo se ha adquirido la condición de propietario (compraventa, herencia, etc), lo que nos dará información sobre el documento que se inscribió, qué notario lo elevó a público y cuándo se firmó.

Notas marginales y otras anotaciones que pueden aparecer en la Nota Simple de Alcalá de Henares

En este apartado se indica otra información que también puede aparecer en la Nota Simple de Alcalá de Henares. Estas anotaciones pueden ser de distintos tipos:
  • Afecciones legales: Normalmente, la finca puede quedar afecta fiscalmente a una posible comprobación fiscal por las transmisiones, contratación de hipoteca, etc y otras operaciones que hayamos realizado sobre ella. Esto quiere decir que si el propietario no ha pagado alguno de estos impuestos, la finca responderá de ellos durante 4 años. Además, la administración se reserva un plazo de tiempo para realizar revisiones sobre las liquidaciones realizadas.
  • Afecciones urbanísticas: Destaca la obligación del propietario de contribuir en el pago de los gastos en una junta de compensación sobre la urbanización de una determinada zona.
  • Embargos y Demandas: Todos aquellos que afecten a la finca figurarán en la Nota Simple.
  • Suspensión de la fe pública registral: Esto hace referencia al momento en que se inscribe la finca a través de un método concreto. Puede ser que, durante dos años, aparezcan otras personas que nos puedan disputar una propiedad alegando derechos que desconocíamos.

¿La información de la Nota Simple es siempre precisa?

No, casi siempre podemos encontrar imprecisiones porque puede haber modificaciones en la finca que no han sido inscritas en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04. Los límites, particularmente para las propiedades rurales, son en muchas ocasiones muy imprecisos, ya que los límites se describen indicando el nombre de antiguos vecinos que pueden haber fallecido hace mucho tiempo y no se han actualizado. Además, la descripción de la propiedad puede ser incorrecta si el propietario ha realizado obras para ampliar la propiedad o ha hecho extensiones. Si todas estas modificaciones y cambios no se han registrado en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no aparecerán en la Nota Simple.

¿Qué hago si la información de la Nota Simple no es correcta?

Si es necesario rectificar la información de la nota simple de una finca de Alcalá de Henares tendrá que ser el propietario de la finca quien se encargue de solicitarla, siempre a su cargo y cumpliendo con la documentación que le sea solicitada. Normalmente, se podrá asesorar con la ayuda de un notario. Si el error está, por ejemplo, en que no se ha reflejado la existencia de una construcción, el notario puede hacer lo que se conoce como “Declaración de Obra Nueva” (Escritura de obra nueva). Una vez que se firme en notaría la nueva escritura se podrá presentar en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 para su inscripción. A los pocos días, se actualizará el folio de la finca para que coincida con los cambios en la propiedad notificados en la nueva escritura de obra nueva. Una vez actualizada ya aparecerá en la Nota Simple. Si el error se debe a una mala transcripción de un título notarial, podrá el propio Registro de la Propiedad rectificar la información si ha quedado en su poder copia del título.

¿Cómo puedo rectificar la superficie de una finca en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Es frecuente que existan diferencias en la descripción de una finca registral respecto a los metros reales e incluso a su ubicación. Este hecho se produce, por una parte, porque el inmueble ha podido sufrir transformaciones a lo largo del tiempo, tales como ampliaciones o anexiones de inmuebles próximos, y por otra, a que pueden cambiar la situación de los linderos de las fincas debido a que la primera descripción que se registró de la finca es muy antigua y no se realizó una medición correcta. Si esta es la situación y hay diferencias evidentes entre la realidad y la información que refleja la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04, el interesado, normalmente el propietario, puede iniciar un expediente de regularización para modificar los datos erróneos. Cuando afecte a las dimensiones del inmueble, se deberá determinar el porcentaje de exceso o defecto de cabida real. Así, si la diferencia
  • es inferior al 5% de la superficie declarada en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04, el propio interesado podrá hacer una declaración solicitando al Registro de Alcalá de Henares la modificación de la superficie registral.
  • es superior al 5% pero menor del 10%, el interesado deberá aportar un certificado literal y gráfico del Catastro. Si el Registrador considera que no hay coincidencia entre lo solicitado y lo aportado puede solicitar otra documentación adicional.
  • es superior al 10%, en este caso se debe iniciar un expediente de dominio para modificar la información existente en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.

Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares

    • Identificación de la finca, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma y su extensión, naturaleza y limitaciones. Máx.8 horas laborales.

Certificado de NO Titularidad del Registro de la Propiedad. Informe OFICIAL

    • Informe que demuestra la NO titularidad de viviendas para tramitar ayudas oficiales con la Administración Pública. Máx. 8 horas laborales.En todo el territorio nacional.

Todas las propiedades de una persona o empresa

    • Solicitud de todas las Notas Simples de una titular determinado, persona física o empresa. Máx. 8 horas laborales. En todo el territorio nacional.

¿La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 está firmada?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no está firmada. Aunque es un documento oficial, solo tiene valor informativo para un uso general. Tampoco tiene valor probatorio en juicios frente a terceros. Si necesita un documento firmado, vinculante y con valor de prueba para un trámite judicial es necesario solicitar otro documento denominado Certificado de Dominio o Certificado de Domino y Cargas. Puede solicitar uno u otro en función de la información que necesite para su trámite judicial.

¿Qué validez tiene una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un documento oficial emitido por el Registro, que es un organismo oficial. A pesar de esto solo tiene valor informativo y por lo tanto no puede considerarse un documento con valor jurídico o con efecto frente a terceros. La Nota Simple que emite el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 tiene carácter informativo porque permite al interesado que la solicita con un interés legítimo obtener la información en vigor de un bien inmueble. Entre los datos informados se encuentra quién es el titular registral de la finca y qué derechos y cargas constan inscritas sobre la finca en el momento mismo de la emisión. Aunque la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 solo tiene valor informativo, es utilizada en múltiples gestiones cotidianas relacionados con los inmuebles. Entre las más destacables están las operaciones de compraventa de viviendas, la solicitud de ayudas públicas o la solicitud de financiación mediante un préstamo hipotecario. Es importante reseñar que, aunque en la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 pueden aparecer inscripciones de derechos o cargas que ya no están en vigor, esto solo indica que el titular del derecho no ha solicitado la cancelación registral de la inscripción.

¿Qué son los códigos CRU o IDUFIR de una finca registral que sale en la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

El código CRU actualmente, y el código IDUFIR con anterioridad, se asignan y utilizan para identificar de forma inequívoca una finca registral en todo el territorio nacional. El código IDUFIR significa Identificador Único de Finca Registral, y fue el primero en aplicarse para identificar las fincas. Posteriormente se implantó el código CRU que se denomina con las iniciales de Código Registral Único. Ambos fueron diseñados con la idea de que fuesen únicos para cada finca. Un número de finca registral se puede repetir en cualquier registro, pero el CRU no se repite. El código CRU o el IDUFIR de cualquier finca del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 está compuesto por 14 dígitos, del 0 al 9, y siempre se hace constar en los documentos registrales.

¿La información que facilita la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es siempre veraz?

La Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un documento meramente informativo que no da fe de su contenido y contiene la información referente a la finca que se ha presentado e inscrito. A lo largo del tiempo pueden suceder acontecimientos y modificaciones que van dejando obsoleta la información que hay sobre la finca. Por ejemplo, si el ayuntamiento ha cambiado el nombre de la calle donde se encuentra la finca y no se ha realizado ningún acto sobre la finca, la información de la calle no se habrá modificado y seguirá apareciendo la anterior dirección. Otro caso es el importe de la hipoteca que pesa sobre una vivienda. Al formalizar el préstamo hipotecario el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 inscribió los importes iniciales, pero según se ha ido amortizando el préstamo la carga ha ido disminuyendo, sin embargo esta circunstancia no se reflejará en la nota simple. Y un caso más muy frecuente se produce cuando la hipoteca ya ha sido amortizada completamente. Hasta que no se solicite la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 seguirá apareciendo que está gravada con esta carga. Esto es consecuencia del principio de rogación, por el cual únicamente se inscriben los actos que expresamente solicita el interesado.

¿Cómo obtener una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Para obtener una nota simple de un inmueble de Alcalá de Henares tiene varias opciones según los datos que conozca de la finca registral. A continuación solo tiene que completar los datos que se solicitan en el formulario:
  • Nombre y apellidos del titular del inmueble
  • NIF/CIF del titular del inmueble
  • Dirección del inmueble: calle, nº, planta, piso…
  • Municipio y provincia
  • Nº de finca registral, también puede aportar el tomo, libro y folio.
  • IDUFIR o CRU, este dato es único para cada finca y aparece en las notas simples.
Para que el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 emita una Nota Simple, el solicitante debe alegar que tiene un interés legítimo para conocer las cargas y titularidades de un determinado bien inmueble así como los derechos reales que constan inscritos sobre el mismo. Usted recibirá la nota simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 en su dirección de correo electrónico en formato PDF en un plazo máximo de 8 horas laborales.

¿Qué interés legítimo puedo alegar para solicitar una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Cualquier persona física o jurídica que pueda alegar un interés legítimo puede solicitar Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 para conocer tanto el estado de una determinada finca o bien inmueble como las cargas o derechos reales que le afectan. El Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un registro público pero, como ya hemos dicho, es necesario tener un interés legítimo para que cualquiera pueda acceder a su información. Los motivos pueden ser los siguientes:
  • Investigación jurídico-económica sobre crédito, solvencia o responsabilidad: Utilizaremos este supuesto cuando necesitemos conocer la capacidad de los titulares de hacer frente a obligaciones dineraria. Un ejemplo puede ser la firma de algún contrato que implique un pago y sea necesario conocer la capacidad de pago del titular.
  • Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad o limitaciones: Este motivo lo podremos utilizar cuando sea necesario conocer los datos vigentes del inmueble, sus propietarios, usufructos, servidumbres, cargas o limitaciones, hipotecas…Toda esta es la información que obtendremos de la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.
  • Investigación para contratación o interposición de acciones: Cuando el motivo para obtener la información es verificar la propiedad antes de la compra para conocer los derechos inscritos sobre el inmueble, o también, cuando va a interponer acción judicial contra el propietario, el interesado alegará este motivo para solicitar una Nota Simple al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.
  • El solicitante de la Nota Simple es titular de algún derecho sobre la finca: Como el propio enunciado indica, deberá seleccionar esta opción cuando el interesado en solicitar la Nota Simple al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 ya sea propietario en alguna medida de algún derecho sobre la finca registral o el inmueble del que se solicita la verificación registral. Es necesaria, por ejemplo, para acreditar la titularidad ante alguna administración o para realizar la cancelación de una hipoteca bancaria.

Caducidad de la Nota Simple emitida por el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04

La Notas Simples del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no tienen fecha de caducidad pero según el uso que le vaya a dar la pedirán con una fecha máxima. Tanto las entidades bancarias como las administraciones públicas le pedirán que la Nota Simple sea lo más reciente posible, y normalmente no aceptan documentos con más de 30 días de antigüedad. El motivo de esto no es otro que el asegurar que la información está lo más actualizada posible y que no se haya realizado ninguna inscripción desde el momento de la emisión hasta el momento de hacer la gestión. Si la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 ha sido emitida hace mucho tiempo se pueden haber realizado nuevas inscripciones que afecten a la titularidad o a las cargas y pueden hacer que la información ya no sea correcta por no estar actualizada. La Nota Simple informa de la situación de una finca registral concreta en un momento y una fecha concreta, por lo que no caduca, pero el receptor del informe podrá pedirle un documento más reciente.

¿Cómo obtener una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 por Internet?

Para obtener la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 por internet hay varias opciones que puede elegir según la información que conozca de la finca y de la propiedad de la finca: Pedir la Nota Simple: Deberá indicar todos los datos que tenga en su poder para realizar la búsqueda con la mayor precisión posible. Los datos necesarios son los siguientes:
  • Nombre y apellidos del titular del inmueble
  • NIF/CIF del titular del inmueble
  • Dirección completa: calle, nº, planta, piso…
  • Municipio
  • Provincia
  • Nº de finca, puede encontrarlo en las escrituras o una nota simple anterior, y también puede añadir el tomo, libro y folio.
  • CRU o IDUFIR, este dato es recomendable, aparece en las escrituras del inmueble.
  • Nota Simple de una titular: Si conoce el titular del inmuebles y su DNI, o el CIF por ser una empresa, puede solicitar todas las notas que usted necesite indicando el nombre y apellidos y el DNI si es una persona física, o el nombre de la empresa y el CIF si se trata de una persona jurídica.
  • Nota Simple por CRU: Este identificador es único para cada finca y se encuentra en la nota simple que emite el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04. Si ya tiene una nota simple anterior puede buscar el número, también puede encontrarlo como IDUFIR si la nota simple tiene ya algún tiempo.

¿Quién puede solicitar una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La solicitud de una Nota Simple de un bien inmueble de Alcalá de Henares puede realizarla cualquier persona física o jurídica que tenga interés en conocer la situación legal de dicho inmueble. Como ya hemos comentado, el contenido del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es público para quien tenga un interés legítimo como los indicados a continuación.
  • Investigación jurídico-económica sobre crédito, solvencia o responsabilidad:
    • Seleccione esta opción si la petición de Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es para conocer la capacidad de atender a sus responsabilidades por parte de los titulares registrales del inmueble o derechos inscritos. Ejemplo de esto puede ser el estudio para conceder préstamos al titular registral, contratar un alquiler con el titular registral como inquilino, contratar servicios y suministros a favor del titular registral, etc.
    • También puede utilizar este motivo si solicita la Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 para acreditar que no se es dueño de bienes inmuebles. Por ejemplo para rectificar la información que obra en poder de Hacienda cuando atribuye la propiedad de un inmueble.
  • Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad o limitaciones:
    • Seleccione esta opción cuando quiera conocer la totalidad de derechos que recaen sobre un inmueble. Derechos que puede conocer son la propiedad, usufructo, servidumbres, limitaciones urbanísticas, cargas, derechos de paso o acceso, etc., y también para conocer la descripción registral de la finca, estudios para tasación de la finca, aclaración o regulación ante el Catastro u otros Organismos, etc.
  • Investigación para contratación o interposición de acciones:
    • Seleccione esta opción cuando su interés consista en la adquisición de la finca de Alcalá de Henares o de algún derecho sobre ella, como por ejemplo, compra de la finca, adquisición del usufructo, alquiler de la finca, préstamo con garantía hipotecaria.
    • También puede elegir esta opción cuando se pretenda interponer acciones judiciales contra el titular registral o sobre la finca, pedir el embargo de la finca, ejercitar un retracto (de comuneros, de colindantes o de arrendatarios) sobre la finca o reclamar judicialmente algún derecho sobre la finca, para el ejercicio del deslinde de fincas.

¿Qué bienes y derechos se inscriben en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Son inscribibles todos los bienes inmuebles y los derechos reales que recaigan sobre los mismos, sin distinción de su propietario. Por lo tanto, también son inscribibles todos los bienes de las Administraciones públicas locales, autonómicas y estatales, y los de cualquier entidad civil o religiosa. Los bienes demaniales, bienes inmuebles de dominio público, también podrán ser objeto de inscripción. Los actos jurídicos y contratos que producen, respecto a los bienes inmuebles o derechos reales, cualquiera de los efectos indicados anteriormente, estarán también sujetos a inscripción. No es inscribible la obligación de constituir, transmitir, modificar o extinguir el dominio o un derecho real sobre cualquier inmueble. Y tampoco son inscribibles los bienes inmuebles y derechos reales a favor de entidades sin personalidad jurídica. Los bienes inmuebles y derechos reales de las uniones temporales de empresas serán inscribibles en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 siempre que se acredite la composición de las mismas y el régimen de administración y disposición sobre tales bienes, practicándose la inscripción a favor de los socios o miembros que las integran con sujeción al régimen de administración y disposición antes referido. Podrán inscribirse en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 cesiones y adjudicaciones de bienes inmuebles y derechos reales a favor de las comisiones de acreedores. Serán igualmente inscribibles las copias notariales de las actas judiciales protocolizadas de deslinde y amojonamiento de fincas cuando hayan sido citados en el expediente los propietarios colindantes, y los deslindes administrativos debidamente aprobados. Será inscribible en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 el contrato de opción de compra o el pacto o estipulación expresa que lo determine en algún otro contrato inscribible. Las Administraciones públicas adoptarán las órdenes necesarias para la inscripción de sus bienes, con arreglo a su legislación especial. Se inscribirán también en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 los bienes que pertenezcan a la Iglesia o a otras Entidades eclesiásticas, o se les devuelvan, y deban quedar amortizados en su poder. El dominio de los montes de utilidad pública se inscribirá a favor del Estado, de los entes públicos territoriales o de los establecimientos a que pertenezcan.

¿Qué tipos de inscripciones se realizan en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

A continuación detallamos los tipos de inscripción que se pueden realizar en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04:
  • Asiento de presentación: El asiento de presentación es el que realiza el Registrador en el Libro Diario cuando se le presentan documentos, dejando constancia de la fecha y hora de la presentación. Este principio está sujeto a plazo de caducidad, y caducará en el plazo establecido al efecto si no se realiza el posterior asiento de inscripción.
  • Asiento de inscripción: Los asientos de inscripción son asientos definitivos a través de los cuales se inscriben y publican en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 determinados hechos, actos o derechos que afectan a bienes inmuebles.
Son objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04:
  • Los títulos en virtud de los cuales se transmite o declara la propiedad de los inmuebles.
  • Los títulos en que se constituyan, reconozcan, transmitan, modifiquen o extingan derechos sobre bienes inmuebles como la hipoteca, los derechos de usufructo, uso, habitación, censos, servidumbres, superficie, vuelo y demás derechos reales.
  • Las resoluciones judiciales en que se declare la incapacidad legal para administrar, y demás resoluciones por las que se modifique la capacidad civil de las personas en cuanto a la libre disposición de sus bienes.
  • Los contratos de arrendamiento financiero y no financiero de bienes inmuebles, y los subarriendos, cesiones y subrogaciones de los mismos.
  • Los títulos referentes a los bienes inmuebles y derechos reales que pertenezcan al Estado, o a las corporaciones civiles o eclesiásticas.
  • Los títulos referentes a determinadas concesiones administrativas y a determinados bienes inmuebles de dominio público.
Se inscribirán en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 estos títulos cuando hayan sido otorgados en país extranjero siempre que tengan fuerza en España con arreglo a las leyes, así como las resoluciones ejecutorias pronunciadas por Tribunales extranjeros a las que deba darse cumplimiento en España.
  • Anotación preventiva: La anotación preventiva es un asiento sujeto a plazo de caducidad que se usa para proteger derechos que aún no son firmes o para dar publicidad a determinadas decisiones judiciales o administrativas. Las anotaciones preventivas se extinguen por:
    • Cancelación, al realizar el Registrador un asiento por el que suprime la anotación preventiva.
    • Caducidad, las anotaciones preventivas caducan a los cuatro años de la fecha de dicha anotación, salvo aquellas que tengan establecido en la Ley un plazo más breve.
    • Por su conversión en inscripción, la anotación preventiva se transforma en inscripción, se pasa a inscribir el derecho en cuestión.
    • Exclusivamente las previstas por la ley:
      • Anotación de demanda.
      • Anotación de embargo.
      • Anotación de prohibición de enajenar.
      • Anotación de demanda de incapacidad.
      • Anotación de derecho hereditario.
      • Anotación de legados.
      • Anotación de crédito refaccionario.
      • Anotación por defectos subsanables que impiden la inscripción.
  • Nota marginal: La nota marginal se practica al margen de los asientos de presentación, de las inscripciones, anotaciones o cancelaciones. Las notas marginales sirven para informar o dar noticia de algún hecho secundario que afecta a las fincas o derechos inscritos.
  • Cancelaciones: Las cancelaciones son los asientos de extinción de otros asientos anteriores, ya sean éstos inscripciones o anotaciones.

¿Quién puede realizar las inscripciones en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Las inscripciones en el Registro las puede solicitar la persona que adquiere un bien inmueble o una finca, la que lo transmite o el representante legal de cualquiera de ellos. En ocasiones, es la propia notaría la que, por encargo de los interesados, realiza esta gestión. También puede realizar inscripciones cualquier persona que sea titular de cualquier derecho que recaiga sobre la finca registral o bien inmueble, ya sea por dictamen o sentencia judicial o cualquier otra causa.

¿Cómo se realizan las inscripciones en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Para poder realizar la inscripción de los títulos, actos o contratos deben estar formalizados en escritura pública ante notario o en algún otro documento expedido por una autoridad judicial o de gobierno. Antes hacer la inscripción de cualquier acto en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 hay que demostrar de forma fehaciente que se ha liquidado el pago de los impuestos y tasas correspondientes al acto o contrato que se quiere inscribir. Una vez pagados los impuestos y tasas y presentada la documentación pertinente, el Registrador de la Propiedad del registro de Alcalá de Henares comprobará la legalidad y veracidad de los documentos presentados, y también la capacidad legal de la persona que se lo presente.

¿Qué es el Certificado de un inmueble de Alcalá de Henares?

El Certificado Registral de una finca o inmueble es el único documento válido para acreditar fehacientemente el contenido de los libros registrales y todo lo relativo a los derechos, cargas o limitaciones inscritas en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04. Este documento tiene carácter de documento público y además va firmado por el Registrador. A diferencia de la Nota Simple, que es un documento con valor únicamente informativo, el Certificado Registral de una finca del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es un documento público que da fe del contenido que tiene el registro, de forma que tiene plena eficacia y valor de prueba en cualquier acto judicial frente a terceros.

¿Qué información facilita el Certificado Registral emitido por el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

El Certificado Registral facilita información de los titulares actuales, así como los derechos, cargas a favor de terceros o limitaciones que afectan a la finca siempre que estén en vigor y, por lo tanto, no hayan sido cancelados por los interesados. Es importante recordar que los asientos registrales están protegidos por la ley orgánica de protección de datos, por lo que no se facilitan datos personales sensibles ni, de forma generalizada, información sobre el precio de adquisición de las fincas. En definitiva, este documento registral es muy útil para hacer valer y probar derechos frente a terceras personas, físicas, jurídicas, tribunales e instituciones y organismos públicos y es, legalmente, el único medio para ello. El Certificado Registral más frecuentemente se emite por el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es el denominado certificado “de dominio y cargas” en que se hace constar la descripción, la titularidad, y la participación en la misma si es el caso, otros derechos constituidos sobre la finca o inmuebles, y las cargas de cualquier naturaleza que recaigan sobre la finca. También se hará constar si una finca no tiene ninguna carga.

¿Cómo se solicita una certificación de dominio y cargas del Registro de Alcalá de Henares?

Una certificación de dominio y cargas se puede solicitar de manera presencial en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 y también puede solicitarse a través de internet siguiendo los enlaces de esta página. Puede solicitar la certificación registral de dominio y cargas identificando la finca que le interesa de forma inequívoca eligiendo una de las siguientes opciones:
  • Certificación de Dominio y Cargas por CRU /IDUFIR. Esta es la forma más sencilla ya que aportando este código único la finca ya está plenamente identificada sin posibilidad de que haya ninguna confusión ni error.
  • Certificación de Dominio y Cargas por datos registrales. En este caso debe aportar la siguiente información:
    • Provincia
    • Municipio
    • Registro
    • Sección del Registro (opcional)
    • Número de finca
    • Subfinca (opcional)
    • Duplicado (opcional)
Una vez identificado el solicitante, deberá indicar el interés en recibir el certificado. La certificación de dominio y cargas se emitirá en unas 72 horas laborales después de su solicitud y lo recibirá en su correo electrónico.

¿Qué es la Nota de Localización de Propiedades de una persona o empresa?

La Nota de Localización de propiedades es un documento que emite el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 a petición de los interesados en conocer las localizaciones de las fincas propiedad y derechos a favor de un titular determinado. Con la Nota de Localización de Propiedades puede conocer si alguien, una persona física o empresa, tiene propiedades en Alcalá de Henares o en cualquiera de los municipios de las provincias de España. Además, este informe también le indica los Registros donde están inscritas dichas propiedades o derechos.

¿Para qué sirve una nota de Localización de Propiedades?

La Nota de Localización de Propiedades es muy útil en un buen número de situaciones. Con esta nota usted podrá saber dónde están las propiedades y derechos de una persona, ya sea persona física o empresa, esto le ayudará en cualquier trámite en que necesite esta información. Por ejemplo, si usted estudia hacer una reclamación judicial contra una persona o empresa y necesita conocer su patrimonio y su capacidad de crédito le interesará saber las propiedades de ese titular. También resulta muy útil para localizar las propiedades que una persona ha dejado en herencia, siempre y cuando, estén inscritas en el Registro de la Propiedad. La Nota de Localización no facilita las características de los inmuebles o derechos inscritos ni ninguna información concreta, pero es imprescindible para saber dónde estás ubicadas cada una de ellas. Con la información contenida en la Nota de Localización de Propiedades usted podrá solicitar la obtención de Notas Simples de cada una de las fincas registrales inscritas.

¿Cómo se solicita una Nota de Localización de propiedades?

La solicitud de una Nota de Localización de Propiedades al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es muy sencilla y puede realizarla online siguiendo alguno de los enlaces que puede encontrar en esta misma página. Los datos necesarios son:
  • Si se trata de una persona física:
    • Nombre completo
    • Apellidos
    • DNI, NIE o pasaporte
  • Si investiga a una empresa:
    • Nombre o Razón social de la empresa
    • Forma jurídica, SA, SL, SLU,…
    • CIF
Con solo esta información podrá conocer si el titular es poseedor de alguna propiedad o tiene algún derecho inscrito a su favor, con lo que tendrá información suficiente para decidir si inicia cualquier procedimiento de reclamación o de otro tipo.

¿Cómo inscribir en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 derechos derivados de una sentencia judicial?

Como decíamos, una de las vías de realizar una inscripción en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 es solicitándola por tener en nuestra mano una sentencia judicial. Para inscribir en este registro derechos que se derivan de una sentencia judicial es necesario presentar la sentencia que da lugar al derecho en cuestión. En este caso no es necesaria la intervención de un notario y la propia sentencia judicial es documento suficiente. Además de esta sentencia, también deberá justificar el pago de los impuestos y tasas correspondientes al acto. Después de presentar toda la documentación requerida por el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 se procederá a practicar la inscripción en un plazo aproximado de 15 días, salvo que el registrador encuentre algún defecto en la solicitud o en la documentación aportada que impliquen pedir al solicitante interesado subsanar dicho defecto.

¿Qué efectos tienen las inscripciones realizadas en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

Una forma rápida y sencilla de explicar los efectos de una inscripción es diciendo que todo lo inscrito en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares se presume que existe y pertenece a su titular en la forma establecida en la inscripción, y si algo no está inscrito no tiene efectos frente a terceros. La inscripción en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 produce los siguientes efectos:
  • Legitimación registral: Significa que, a todos los efectos legales, se presumen que los derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el respectivo asiento registral.
  • Inoponibilidad: Significa que los títulos de dominio o de otros derechos reales sobre bienes inmuebles que no están debidamente inscritos o anotados en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no perjudican a terceros, es decir, no tienen efectos.
  • Fe pública registral. Esto significa que la persona que de buena fe adquiera a título oneroso algún derecho de alguien que en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 aparezca con facultades para transmitirlo, será mantenido en su adquisición, una vez que haya inscrito su derecho, aunque después el derecho del transmitente resulte no ser válido por razones que no consten en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04.
  • Presunción de veracidad: Significa que los asientos por los que se inscriben los títulos en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud, es decir, se presume que lo inscrito en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 se corresponde con la realidad mientras no se demuestre lo contrario.
  • Salvaguarda judicial: La salvaguarda judicial significa que los asientos del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 están bajo la salvaguarda de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos por la Ley.
  • Protección judicial de los derechos inscritos: Las acciones reales procedentes de derechos inscritos pueden ejercitarse a través del juicio regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil contra quienes sin título inscrito se opongan a tales derechos o perturben su ejercicio.

¿Por qué inscribir la compra de vivienda en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La inscripción en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares de la compra de una vivienda, o de cualquier tipo de bien inmueble, supone una serie de garantías jurídicas para el comprador. La inscripción de la compra de un bien inmueble o vivienda en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 no es obligatoria por ley, así, pueden haber personas que piensen que es mejor ahorrarse este dinero por no conocer las ventajas y garantías. Los compradores serán considerados como propietarios únicos, siempre que una sentencia judicial no establezca lo contrario, siempre que se haya inscrito la compra. También estarán protegidos frente a los acreedores del vendedor, y podrán defenderse de cargas ocultas que puedan afectar al bien inmueble comprado y que, sin saberlo, pueden transmitirse al comprador. Si antes de la compraventa se solicita una Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 podrá conocer si el inmueble tiene cargas y encontrar una solución antes de firmar la compraventa. Algunas de las cargas que podemos encontrar son los siguientes:
  • Hipoteca, que suele ser la carga más habitual.
  • Anotación preventiva de embargo.
  • Usufructo, servidumbre, etc.
Además, el comprador contará con toda la protección judicial de su derecho de propiedad si alguien pretendiese su posesión. Al inscribir la compra en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, nadie podrá adquirir ningún derecho sobre su vivienda sin el consentimiento de los titulares.

¿Cómo se inscribe la compra de una vivienda en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04?

La solicitud de inscripción de la compra de una vivienda o cualquier bien inmueble es sencilla y puede hacerla el propio interesado. Solo deberá presentar la documentación precisa. Los documentos necesarios para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04 son los siguientes:
  • Copia de la escritura pública de venta: Esta copia deberá estar autorizada, firmada, por el notario que intervino en la firma del acuerdo.
  • Justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Podrá justificar el pago con el propio justificante que le entreguen.
  • Justificante de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal.
La manera de presentar dichos documentos puede ser o bien presencial, acudiendo a la Oficina del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares Nº 04, o de forma telemática por el notario ante el que se otorga la escritura.

Certificado de NO Titularidad del Registro de la Propiedad. Informe OFICIAL

    • Informe que demuestra la NO titularidad de viviendas para tramitar ayudas oficiales con la Administración Pública. Máx. 8 horas laborales.En todo el territorio nacional.

Nota Simple del Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares

    • Identificación de la finca, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma y su extensión, naturaleza y limitaciones. Máx.8 horas laborales.

Todas las propiedades de una persona o empresa

    • Solicitud de todas las Notas Simples de una titular determinado, persona física o empresa. Máx. 8 horas laborales. En todo el territorio nacional.