Información para comprar un coche y no un problema.
En un artículo anterior, poníamos de manifiesto la importancia del aspecto temporal a la hora de registrar a nuestro nombre en el Registro de Vehículos de la DGT los vehículos recién comprados. Veremos ahora la importancia del Registro de Bienes Muebles. Recordamos que toda la información legal de un vehículo a motor sólo es posible obtenerla a través de estos dos informes, sólo aportando la matrícula.
De este modo comentamos que era posible una situación temporal en la que existe una realidad extrarregistral, que tiene gran trascendencia a efecto de sanciones y responsabilidades, resultando en algunas ocasiones, un inconveniente insalvable a la hora de romper la presunción de veracidad del Registro de Vehículos de la DGT, como ocurre con cualquier otro Registro.
La rigidez que muestra el sistema sancionador en materia de tráfico y la íntima relación que tiene con el titular registral que se encuentra inscrito en cada momento en el Registro de Vehículos de la DGT resultan decisivos a la hora de comprar, y hacen aconsejable el esperar a que esté realizado el cambio de titularidad.
…si eliminamos las matrículas, tanto delantera como trasera, se convierte en un mueble abandonado en medio de la vía pública, como pueda ser un armario o una puerta dejada en medio de la calle.
…un vehículo abandonado recibe una serie de notificaciones y avisos que jamás recibiría sin la matrícula física del vehículo.
No debemos de olvidar que el vehículo viene obligado a la llevanza de una documentación técnica y de titularidad del vehículo, así como del seguro obligatorio y la inspección técnica, o ITV, con arreglo al periodo sobrepasado de matriculación dentro de los plazos establecidos para cada categoría, normas a las que se aparejan en muchas ocasiones sanciones administrativas de toda índole, e incluso actuaciones específicas, como puede ser la inmovilización del vehículo.
Por otro lado, no debemos olvidar que se trata de un bien mueble (por oposición a los inmuebles), esta duplicidad conceptual, hace que determinadas cuestiones se vean sometidas al Registro de Bienes Muebles, en especial las relativas a la reserva de dominio de la compra con préstamo o bien la del arrendamiento financiero, el embargo y el leasing.
Por esa cuestión, se debe de pedir una nota simple en el Registro de Bienes Muebles correspondiente para ver si estas limitaciones afectan a nuestro vehículo. Tenemos que recordar que el Registro correspondiente es, bien el de la primera venta del vehículo, o bien aquel en el que se haya practicado la anotación de alguna carga o limitación, por ejemplo un embargo.
RegistroDirecto.es, especialista en estos temas, ofrecen en un mismo paquete el Informe de Tráfico por matrícula con el informe de bienes muebles, realizando a la par una información adecuada al propio hecho de la transmisión de vehículo.
que debo hacer para liberar un vehiculo financiado =leasing= para luego poder venderlo