Reclamar al moroso de una Comunidad de Propietarios el pago de las cuotas.

En los tiempos de crisis que siguen vigentes en nuestra sociedad, cada vez son más frecuentes los impagos de las cuotas de la Comunidad de Propietarios. Si bien es cierto que muchas veces se trata de situaciones más que justificadas y los vecinos deciden dar una tregua a los deudores, en otras ocasiones no queda más remedio que reclamar al moroso de la Comunidad el pago de las cuotas pendientes. También es importante asegurarse con una nota simple que el moroso es el propietario de la vivienda que ocupa. Desde hace años, el legislador español propuso un procedimiento judicial especial para reclamación de deudas por impago de cuotas de la Comunidad de Propietarios. No obstante, lo ideal es llegar a un acuerdo con el moroso y salvar así las relaciones de buena vecindad de la Comunidad.

Solicitar Nota Simple para verificar el titular de una Propiedad

El impago del moroso: consecuencias

En una Comunidad de Propietarios cuyos presupuestos son calculados y aprobados anualmente, el impago de uno de los vecinos suele ocasionar dificultades para el resto que, en ocasiones, si la Comunidad es pequeña y no tiene reservas económicas, o si son varios los deudores, puede llegar a los números rojos. En tal caso, el resto de vecinos se verán obligados a pagar más dinero, ya que no hacerlo supondría cortes de luz, menos horas de limpieza o pérdida de servicios como vigilancia, portería o jardinería. Es imprescindible, ante un impago de cuotas comunitarias, solicitar una Nota Simple del Registro de la Propiedad del inmueble cuyas cuotas se han dejado de abonar, para asegurarse de quién es el verdadero titular, pues es a este a quien debemos dirigir nuestras reclamaciones, amistosas y judiciales. Ni a inquilinos ni a simples usuarios del inmueble podremos exigir el pago, ni siquiera aunque así lo tengan acordado con el propietario.

¿Cómo reclamar al moroso de la Comunidad?

Si su Comunidad se enfrenta al impago de alguno de sus vecinos, recomendamos ante todo hablar con el mismo para explicarle la situación y hacerle ver su obligación de pago. Si el problema se hace crónico, surgen explicaciones sin sentido o, directamente, el afectado desatiende los requerimientos, lo mejor será reclamar al moroso las cuotas pendientes. Una vez convocada la reunión de vecinos cuyo Orden del Día recoja expresamente la reclamación al moroso o morosos de la Comunidad, deberá autorizarse para ello al Presidente en dicha reunión y reconocer el importe total que deben los deudores. Finalizada la reunión, hay que recogerla en Acta y enviársela al moroso, junto con un Certificado de deuda firmada por el Secretario de la Comunidad, instando a su pago. Aún aquí queda un ápice de esperanza para el pago voluntario de las cuotas pendientes.

El proceso monitorio para reclamar deudas

Si el deudor sigue sin atender al pago, la única vía es la judicial. El proceso monitorio para reclamación de cuotas de la Comunidad es una actuación judicial rápida, efectiva y económica para la que no se necesita Abogado ni Procurador, aunque su contratación es más que recomendable por las exigencias formales del procedimiento, que se ponen de manifiesto desde la propia convocatoria de la reunión anteriormente comentada. A la demanda del proceso monitorio habrán de aportarse el Acta de la reunión donde se liquide la deuda y el Certificado de la misma. Incluyan también la Nota Simple del inmueble para acreditar la titularidad del demandado. El juez dará un plazo de 20 días al moroso para que abone la cantidad pendiente, y si no paga ni se opone formalmente, la Comunidad podrá iniciar el proceso de ejecución y embargar cuentas corrientes para cobrar la deuda. En última instancia, podría embargarse incluso el propio inmueble causante de la deuda. En conclusión, reclamar al moroso de la Comunidad de Propietarios es un derecho del resto de vecinos, para lo cual disponen de un procedimiento rápido y sencillo como es el monitorio. Antes de iniciar cualquier trámite, asegúrese de que reclama convenientemente solicitando a través de Registro Directo una Nota Simple de la finca afectada, pues ya hemos visto como solo al verdadero propietario se puede exigir el pago de las cuotas de la Comunidad. En RegistroDirecto puede solicitar la nota registral que le servirá para verificar la titularidad del inmueble del moroso.

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