¿Qué ventajas tiene inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad?

Tras las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos acometidas a mediados de 2013, inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad puede tener importantes beneficios para propietario e inquilino, sobre todo ante determinadas circunstancias. Es cierto que la inscripción tiene un coste superior al simple contrato privado entre las partes, pero hay ocasiones en las que una correcta garantía es imprescindible. Veamos las ventajas de esta inscripción.

Por qué inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad

Inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad, más allá del precio a abonar al Registrador, otorga un plus de seguridad jurídica a los firmantes del contrato. Por supuesto, la inscripción del alquiler en el Registro no es obligatoria, puesto que el arrendamiento no es más que un acuerdo entre particulares. Si usted va a ser el inquilino de una vivienda, le recomendamos que acuda al Registro o solicite una nota simple del inmuebles para tener la garantía de estar contratando con el legítimo propietario del inmueble y conocer la posible existencia de cargas sobre el mismo. El trámite, muy sencillo y rápido, se puede hacer desde medios telemáticos como los de Registro Directo.

Comprobar el Propietario de una vivienda en el Registro de la Propiedad

Una vez firmado el contrato, si quiere inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad, las ventajas para el inquilino se basan en una mayor protección frente a terceros, de forma que si el inmueble se traspasa a otra persona estando vigente el contrato, el nuevo propietario debe cumplir lo estipulado en el mismo. Si no se hubiese inscrito, el adquirente podría finalizarlo con un preaviso de 3 meses. Por su parte, la inscripción del alquiler en el Registro también tiene ventajas para el propietario. La más importante es la de recuperar de forma inmediata el uso de la vivienda en caso de impago de la renta, si se incluye esa cláusula en el contrato y este está correctamente inscrito. De tal forma, si el propietario no cobra el alquiler, podrá requerir al inquilino vía judicial o notarial y, si en 10 días no se procede al abono, el contrato se rescinde y se efectúa el desahucio.

Trámites para inscribir el contrato de alquiler en el Registro

Si bien la inscripción del contrato da ciertas ventajas a las partes, también tiene un coste añadido. Además de los honorarios de Notario y Registrador, también supondrá un papeleo que se debe conocer de antemano. Lo primero que deberá hacer es acudir a la Notaría con la otra parte -según sea usted el propietario o el inquilino del inmueble a arrendar- para legitimar en Escritura Pública las firmas del contrato previamente redactado y firmado por ambos. Después, arrendador y arrendatario deben acudir al Registro de la Propiedad correspondiente para inscribir el alquiler en los archivos públicos de dicho organismo. De manera previa a la inscripción hay que liquidar el impuesto correspondiente -Actos Jurídicos Documentados-. El coste total de la inscripción, incluyendo todos los gastos, puede rondar los 150 o 200 euros, aunque dependerá en gran medida del precio de alquiler de la vivienda. Este coste estará más que justificado si necesitamos la garantía de que la duración se va a cumplir según lo pactado, si somos inquilinos; o de que el proceso de reclamación de impagos y desahucio será lo más rápido y efectivo posible, si somos el propietario. Si usted quiere comprobar que el contrato de alquiler está inscrito correctamente en el Registro de la Propiedad, puede solicitar una Nota Simple a través de Registro Directo, en un trámite telemático muy sencillo y económico. Y recuerde las ventajas de inscribir el alquiler en el Registro. Porque, como solemos afirmar en este blog, la prevención es la mejor garantía en cualquier operación inmobiliaria.

Verificar contratos registrados en el Registro de la Propiedad